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Juez exige a ISSSTE-Tepic cumplir con medicina

A través de amparo, derechohabiente motiva que Instituto acate suministro de Enoxaparina

Un derechohabiente del ISSSTE en Tepic que reclamó la falta de medicamento con receta, motivó que un Juzgado de Distrito haya apresurado que el mismo le sea suministrado.

La carencia de medicina motiva un nuevo juicio de amparo, 867/2021 del Juzgado Primero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo.

Para el caso, el quejoso enfrenta un padecimiento por el que debe recibir Enoxaparina, según receta médica, pero cuya dotación suele fallar en el citado Instituto.

En ese sentido, explicó el juez federal, “se advierte que dicho acto tiende a privar a la parte quejosa de su derecho humano de acceso a la salud, lo cual puede repercutir en su derecho a la vida; por ende, la omisión que se le proporcione del medicamento por parte del servicio de salud pone en peligro la vida de la parte solicitante del amparo.

“En consecuencia (…), se decreta de oficio y de plano la suspensión de los actos reclamados consistentes en la omisión de proporcionarle el medicamento que dice requerir la quejosa, denominado Enoxaparina, de parte del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y del hospital general ‘Dr.Aquiles Calles Ramírez’…

“(…) asimismo, para el efecto de que las autoridades responsables dentro del ámbito de sus atribuciones, ordenen el cese de plano de todo acto omisivo que tienda a privar total y definitivamente a la parte quejosa del medicamento autorizado y prescrito como derechohabiente, ello a fin de que se le pueda suministrar para el restablecimiento de su salud y se garantice en todo momento su integridad física (salud y vida)…”

Según se explica, se dieron 24 horas para cumplir la orden, misma que ya habría acatado la dirección del hospital a favor del derechohabiente.

El presente es ejemplo de cómo la carencia de medicina ha obligado a pacientes a solicitar el amparo de la justicia federal.

Se prevé que en la primera semana de septiembre se realice la audiencia constitucional, una vez que las autoridades involucradas rindan informe del caso en particular.

Por lo pronto, la Enoxaparina debe suministrarse.

* Esta información es publicada con autorización de su autor. Oscar Verdín Camacho publica sus notas en www.relatosnayarit.com