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Corte ordena a CFE indemnizar a usuario electrocutado

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) indemnizar a un usuario por las lesiones que le ocasionó una descarga eléctrica proveniente de cables de alta tensión mientras trabajaba en una carpintería.

A propuesta del ministro José Ramón Cossío, la Primera Sala del SCJN estableció que la CFE debe pagar cuando exista responsabilidad civil del Estado la cual, en este caso, se actualiza para con la paraestatal.

“Los daños que se generen con motivo la prestación de un servicio público deficiente, como es la transmisión y distribución de energía eléctrica, actualizan la responsabilidad patrimonial del Estado”, concluyeron los ministros.

Se explicó que el artículo 109 de la Constitución es determinante al señalar que la responsabilidad objetiva procede por los daños que cause, no cualquier persona, sino el Estado, con motivo de su actividad administrativa irregular, lo cual abarca la prestación deficiente del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, en términos de los artículos 25, 27 y 28 de la Carta Magna.