
El congreso aprobó ajustes a la Ley de trabajo en las que se incluye que patrones proporcionen equipos para la realización del trabajo como sillas ergonómicas, equipo computacional, impresoras, entre otros.
El teletrabajo o “home office”, tiene ventajas, tanto para los empleadores como a los empleados, así habla el documento que cita la Cámara de Diputados de la Organización Internacional del Trabajo, por lo que definen qué es importante su regulación en México.
Después de que haya sido presentada la primera iniciativa al respecto hace dos años, y nueve meses del inicio de la pandemia en México, por fin hay modificaciones en la ley, que reconocen el teletrabajo o home office.
No solo incluyen el reconocimiento como forma de trabajo, sino que cuenta con otras modificaciones, en las que se incluyen obligaciones por parte de las empresas, como promocionar los equipos de computo, sillas, impresoras, escritorios, entre otros, así como asumir parte de los costes del pago de electricidad y el pago de internet.
Sin embargo, una de las condiciones de esto, es que las relaciones laborales donde más del 40% de la relación se realicen a distancia, se considera como “teletrabajo”.
Además, otra de las modificaciones es que el patrón tenga obligación de “respetar derecho de desconexión de las personas”, así como derecho de intimidad, en las que el micrófono y la cámara para supervisión solo se permitirán de manera extraordinaria.
A pesar de que los ajustes entren en vigor al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, el gobierno federal cuenta con 18 meses para publicar una Norma Oficial Mexicana sobre obligaciones de seguridad y salud al respecto.
Con información de Xataka México
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