Con el fin de disminuir el abstencionismo en las elecciones, -que ha llegado a ser de 60 por ciento- la senadora Nadia Navarro Acevedo, presentó una iniciativa en la que propone infraccionar a quienes no emitan su voto sin causa justificada de por medio.
En comunicado, la legisladora dijo que la iniciativa busca establecer como infracción el no ejercicio del voto y la sanción sería la suspensión de los derechos electorales en términos del Artículo 38 de la Constitución federal y por ende el impedimiento para realizar trámites gubernamentales.
También propone que en el Padrón Electoral se incluya una tercera sección, en la cual se asienten los datos de los ciudadanos faltos al deber de votar, con lo cual se considera que esas medidas podrían auxiliar a evitar el abstencionismo.
La legisladora detalló que el Artículo 35 constitucional garantiza el derecho del ciudadano mexicano a “votar en las elecciones populares“, además, el 36 fracción III menciona que es una obligación de los ciudadanos “votar en las elecciones y en las consultas populares, en los términos que señale la ley“; es decir, en México sufragar es un derecho y una obligación, enfatizó.
Navarro Acevedo subrayó que en el país existe un gran abstencionismo, que comúnmente está ligado a una voluntad de rechazo del sistema político, de la convocatoria electoral o la no identificación con ninguno de los candidatos o los programas políticos en competencia.
La senadora panista explicó que existe un abstencionismo motivado por la “pereza, la ley del mínimo esfuerzo, unida a la falsa convicción de la escasa importancia del voto individual y la ignorancia de las consecuencias de la abstención“.
De igual manera se formula el escepticismo respecto de las elecciones como forma más importante de la democracia representativa, y disminuye la legitimidad de la decisión sometida a la consideración de los electores en un referéndum o plebiscito.
Finalmente, expuso que el abstencionismo daña a la democracia, por lo que considera necesario adoptar medidas para su disminución, sin contar el costo financiero que esta práctica representa para el Estado mexicano.
La iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 128, 447.1 y 456.1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, fue turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Estudios Legislativos.