El Pleno del Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular, con 67 votos en favor y 42 en contra, el decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, en la que se establecen mecanismos fiscales en la materia.
Al avalar la legislación se empezó a discutir el Paquete Económico, que incluye la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) y la Miscelánea Fiscal que contiene la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y el Código Fiscal de la Federación.
Los presidentes de las comisiones dictaminadoras de Hacienda y Crédito Público, Alejandro Armenta, y de Estudios Legislativos Segunda, Ana Lilia Rivera, argumentaron todos los dictámenes en un solo acto, aunque los senadores votarán por separado cada proyecto de dictamen de las minutas.
Cuando concluya la discusión y la votación del paquete se regresará a la Cámara de Diputados, debido a que se presentarán 10 reservas para modificar lo aprobado por los diputados la madrugada del viernes.
Entre los temas que se modificaron destacan la eliminación de la legalización de los “autos chocolate”, se modifica la responsabilidad solidaria (persona física o moral que paga deuda distinta al deudor), y en la Ley Federal de Derechos se elimina el cobro al derecho de agua para uso agropecuario.
También se modifica el ISR de plataformas digitales, se cambia el Artículo VII de la Ley de Ingresos, para aclarar los recursos disponibles de entidades federativas y municipios en 2020; y se modifica la carátula de ingresos (Artículo 1) de la Ley de Ingresos para eliminar derechos de aguas.
Se cambiaron también los convenios de adeudo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de las entidades federativas para regularizar el pago en parcialidades; se eliminan pagos de derechos de entrada y salida del turismo internacional y de migrantes, y se quitan candados para que ejidos y comunidades obtengan beneficios.
La primera minuta que se discutió fue la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, en la que se establece modificar la tasa del derecho por la utilidad compartida, que pase de 65 por ciento a 58 por ciento durante el ejercicio fiscal de 2020 y a 54 por ciento a partir del ejercicio fiscal de 2021.
Establece que los pagos provisionales mensuales del Derecho por la Utilidad Compartida (DUC), así como los pagos mensuales correspondientes al derecho de extracción de hidrocarburos, se deberán efectuar a más tardar el día 25 del mes posterior al que correspondan, y en caso de que el día sea inhábil el pago se deberá realizar al siguiente día hábil.
Se fija que los asignatarios presentarán declaración del pago por derecho de exploración de hidrocarburos del área de asignación que no esté en la fase de producción a más tardar el día 17 del mes calendario inmediato posterior al que corresponda dicho pago.
Finalmente, regula que el asignatario considere la figura jurídica de la compensación al realizar los pagos mensuales del impuesto por la actividad de exploración y extracción de hidrocarburos.