Tepic.- Luego de años de lucha jurídica por un caso que aborda los delitos de peculado y ejercicio indebido de funciones por cerca de 24 millones de pesos de que se duele los Servicios de Salud de Nayarit, el Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo Penal pidió a la Segunda Sala Unitaria del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que resuelva el recurso de apelación presentado por un agente del Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado (FGE).
Hace más de tres años, la Fiscalía solicitó que se girara orden de aprehensión contra dos ex funcionarios públicos, uno de ellos Florencio Román Messina, que fuera secretario de Administración en la última parte del gobierno de Ney González Sánchez.
Sin embargo, un Juzgado Penal del sistema tradicional negó la orden de captura.
En marzo reciente, según se asienta en la resolución del amparo 261/2021 del Juzgado Cuarto hace unas semanas estudiado, presentado por los Servicios de Salud, la Sala Unitaria “determinó carecer de competencia legal por fuero para resolver el recurso de apelación interpuesto (.…), al considerar que los recursos materia de los ilícitos atribuidos a los indiciados son de carácter federal; por lo cual, el Ministerio Público consignador, ni dicha Sala tenían competencia legal para conocer de los hechos probablemente constitutivos de delitos del orden federal…”
Contrario a lo antes expuesto, el juez Cuarto de Distrito José Armando Zozaya Solórzano concedió amparo a los Servicios de Salud, puntualizando que la Sala Unitaria “sí cuenta con competencia legal para conocer y resolver el recurso de apelación (…), ello sin prejuzgar sobre el sentido de la determinación que en derecho corresponda, al analizar el recurso en comento.
“(…) resulta incuestionable que la Sala Unitaria responsable es competente para conocer el citado recurso, sin que ello implique resolver en determinado sentido, pues a la determinación que arribe, deberá realizarla con base en las consideraciones que estime pertinentes…”
Se pidió entonces a la Segunda Sala, cuyo titular es el magistrado Francisco Javier Rivera Casillas, dejar insubsistente su resolución del mes de marzo, y “proceda a resolver con libertad de jurisdicción…”
Aquí la cuestión principal es si la Sala Unitaria girará la orden de aprehensión o si confirmará la negativa del Juzgado Penal.
Sin embargo, ello deberá esperar un tiempo porque fue presentado un recurso de revisión en contra del fallo del Juzgado Cuarto y que será estudiado por un Tribunal Colegiado.
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