mañanera claudia sheinbaum

Tribunal celebra sesión virtual para mantener sana distancia

Tepic.- Los Plenos del Consejo de la Judicatura y del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de Nayarit celebraron histórica sesión conjunta, mediante medios electrónicos de manera virtual y presencial de quienes así lo decidieron, manteniendo la sana distancia y de conformidad con las medidas sanitarias; en la sesión, por unanimidad de votos se determinó ampliar la suspensión de actividades jurisdiccionales y de plazos procesales hasta el 5 de mayo de 2020.

La determinación amplía los efectos del acuerdo 04/2020, emitido el 17 de marzo, y precisa que la suspensión de actividades jurisdiccionales y de plazos procesales se mantendrá con excepción del sistema penal acusatorio y oral en aquellos asuntos en los que ya se encuentren programadas y notificadas las audiencias de carácter urgente o que involucren restricción a la libertad personal o de plazos constitucionales.

Para estos efectos, de manera enunciativa y no limitativa se consideran de carácter urgente las audiencias y diligencias que no admitan dilación alguna, las medidas y órdenes de protección, así como aquellas que a criterio del titular del órgano jurisdiccional, de no llevarse a cabo afectarían gravemente los derechos humanos de las partes involucradas en dichos procesos.

Respecto de las mencionadas audiencias del sistema acusatorio, los Plenos que preside el magistrado Ismael González Parra dispusieron que “se deberán realizar las acciones necesarias a efecto de que no se vea interrumpida la debida administración de justicia y se continúe prestando el servicio; por tal motivo, se deberán establecer las guardias correspondientes, con el personal indispensable para la realización del juicio o audiencia de que se trate”.

Durante el plazo establecido en el acuerdo, el personal de los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas realizarán a distancia las labores de sus cargos y que resulten factibles; además, estarán localizables para el apoyo que requieran los titulares de sus áreas respectivas.

Las audiencias deberán atender las medidas de higiene y distanciamiento social decretadas por las autoridades sanitarias, privilegiando el uso de medios técnicos y electrónicos, como lo son las videoconferencias en tiempo real o plataformas tecnológicas de fácil acceso que permitan su desahogo, sin que las partes o los órganos jurisdiccionales tengan que trasladarse hacia el recinto judicial, de conformidad con los artículos 44, 47 y 51 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 64, fracciones IV y VI, del Código Nacional de Procedimientos Penales, en relación con el acuerdo emitido por el Consejo de Salubridad General, las audiencias se desarrollarán a puerta cerrada, previo pronunciamiento del titular del órgano jurisdiccional.

La Oficialía de Partes del Tribunal Superior de Justicia y las oficialías de los juzgados de primera instancia del Poder Judicial del Estado, establecerán las guardias respectivas, para efecto de recibir únicamente las promociones en materia penal y familiar determinadas en el acuerdo de esta fecha como urgentes, las cuales se harán llegar de inmediato a los órganos jurisdiccionales correspondientes, atendiendo las medidas de higiene y distanciamiento social decretadas por las autoridades sanitarias.

Con la finalidad de cuidar la salud de los servidores judiciales y de las personas que acuden a solicitar los servicios de los órganos jurisdiccionales, las partes y abogados postulantes, preferentemente, deberán sujetarse a los términos de los artículos 64, 68, fracción IV, 75 y 81, todos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit, y señalar cuenta de correo electrónico y/o cualquier otro medio para llevar a cabo las citaciones y notificaciones de los acuerdos y resoluciones dictadas por los órganos jurisdiccionales.

Las disposiciones del Acuerdo número 04/2020 del 17 de marzo continúan vigentes, aunadas a las del acuerdo de este 16 de abril, y serán susceptibles de modificación, ampliación o suspensión en cualquier momento de conformidad con las disposiciones sanitarias oficiales que se emitan de acuerdo a la evolución de la emergencia sanitaria COVID-19.

 

 

 

 

 

 

MÁS NOTICIAS