La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Constitución para que el Presidente de la República pueda ser imputado y juzgado debido a hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano común.
En reunión de la Comisión, la propuesta fue aprobada con 19 votos en favor y una abstención para reformar los artículos 108 y 111 de la Constitución, la cual fue presentada el 13 de febrero de 2020 suscrita por el titular del Ejecutivo Federal.
El texto aclara que quien cometa un ilícito no puede ser cubierto por el fuero; en el caso del Presidente va a ser procesado si lo acusan y ha lugar, de acuerdo con el dictamen que haga el Senado.
Dicha reforma, explicó la diputada Aleida Alavez, tiene como propósito avanzar gradualmente en favor de la eliminación del fuero de los servidores públicos y de quienes lo ostentan, con el objetivo de contribuir a desaparecer esa brecha entre inmunidad e impunidad dada por los altos grados de corrupción.
“Las y los integrantes de la Comisión Dictaminadora consideramos que el fuero ya no puede ser considerado durante más tiempo como un privilegio que se confiere a determinados servidores públicos, pues las responsabilidades que deben cumplir no pueden ser omitidas aún durante el periodo que dure su encargo”, subrayó.
Al respecto, el diputado Pablo Gómez, de Morena, mencionó que no es un texto sobre el fuero del presidente, al contrario es sobre la imputabilidad del mandatario.
“Históricamente se ha limitado la responsabilidad penal del presidente a dos o tres delitos; entonces, después de intentar eliminar ese privilegio, Andrés Manuel López Obrador planteó que lo mejor sería enviar una iniciativa en la que con toda claridad se volviera a decir que el presidente puede ser imputado por cualquier delito”, aclaró.