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Senado avala desaparición del Estado Mayor Presidencial

El Senado de la República avaló la desaparición del cuerpo de seguridad del gobierno federal mejor conocido como Estado Mayor Presidencial, al derogar diversos artículos de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en días pasados.

De acuerdo con lo avalado  por los senadores, con votación de 108 a favor, cero en contra y 12 abstenciones, los elementos de este cuerpo deberán ser reincorporados a las Fuerzas Armadas, conservando su antigüedad, rango y prestaciones.

En tribuna, el senador Dante Delgado Rannauro presentó la adición de un artículo cuarto transitorio al dictamen correspondiente, para permitir que la Secretaría de Seguridad Pública conforme un cuerpo de seguridad especializado en la protección del presidente de la República y para mantener la seguridad de las instituciones.

El legislador federal de Movimiento Ciudadano insistió en que es necesario que las Fuerzas Armadas brinden seguridad al presidente de la República, sobre todo por la violencia registrada en los últimos años.

El presidente de la Comisión de Defensa Nacional, Félix Salgado Macedonio, también de Morena, se congratuló de la desaparición de Estado Mayor Presidencial, y coincidió con el planteamiento de Dante Delgado.

El senador Armando Guadiana Tijerina expresó su apoyo a la adición presentada por Delgado Rannauro, al justificar que los elementos del Estado Mayor tienen experiencia y capacitación adquirida, por lo que se aprobó incorporar al dictamen la propuesta.

En el documento se establece que las dependencias del Poder Ejecutivo que guarden relación con la operatividad del Estado Mayor contarán con un plazo de 90 días hábiles, contados a partir de la publicación del decreto, para llevar a cabo las adecuaciones jurídicas y administrativas requeridas para darle cumplimiento.

Atendiendo al cambio de administración, el personal que realizaba funciones en el cuerpo del Estado Mayor Presidencial, de manera operativa, ha regresado a las funciones inherentes a su cargo original, sin embargo este cuerpo del Ejército seguía en la legislación, por lo que fue adecuado el texto de la ley con la realidad fáctica.

El dictamen que deroga la fracción III del artículo 14; el artículo 15; la fracción I del artículo 103; los artículos 104 y 105, de dicha ley, aprobado en lo general y en lo particular con la adición del citado artículo cuarto transitorio, fue turnado a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 constitucional.

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