El Pleno de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró, por mayoría, como constitucional la aplicación de IVA a la venta de alimentos procesados para perros, gatos y otras mascotas.
Durante su sesión de este miércoles, el colegiado también aclaró que la tasa cero del Impuesto al Valor Agregado (IVA) no es aplicable para ningún alimento destinado a los animales en general, sean o no mascotas, por lo que en todos casos su venta se debe gravar con una tasa de 16%.
Con cuatro votos en favor y uno en contra, los magistrados negaron a la cadena Wal-Mart de México el amparo contra la reforma que eliminó la tasa cero de IVA para ese tipo de alimentos.
En febrero de 2017, la Sala había desechado un proyecto de la ministra Norma Piña, que proponía conceder el amparo por existir trato inequitativo respecto de los alimentos para animales de mayor tamaño, como caballos o los de trabajo de campo, que según Wal-Mart habrían mantenido la tasa cero.
Pero la mayoría aclaró hoy que es falso que la Ley del IVA contemple la tasa cero para equinos u otros animales de mayor tamaño a los que habitualmente se tienen como mascotas.
De haber ganado el amparo, Wal-Mart de México no habría tenido derecho a la devolución del IVA que ha cobrado por la venta de estos productos desde 2014, pues el impuesto lo pagan los consumidores.
Sin embargo, la empresa de tiendas de autoservicio habría podido aplicar la tasa cero, que le permite acreditar IVA en su favor, al tiempo que habría podido reducir el precio de venta al público de ese tipo de alimentos para mascotas.